ALIMENTOS Y ESTUDIOS EN EL EXTRANJERO

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El progenitor obligado al pago de una pensión de alimentos, ¿sigue obligado a pagarla aunque los hijos ya no vivan en el domicilio familiar por motivos de estudios? ¿Qué relación existe entre alimentos y estudios en el extranjero?

Pues, ciertamente, dependerá de cada caso.

La Sentencia nº 6/2022 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, de 3 de enero de 2022 resuelve esta cuestión. Así, acordó la suspensión de la obligación de prestar alimentos los meses en los que el hijo se encuentre fuera de España estudiando. Sin embargo, se mantuvo durante los periodos que este pase en España.

Sin embargo, debemos tener en cuenta que en este caso concreto el padre, que era el obligado al pago de la pensión de alimentos, sufragaba todos y cada uno de los gastos del hijo en el extranjero.

Evidentemente se ha producido una modificación de las circunstancias que dieron lugar al establecimiento de la pensión de alimentos. Residir fuera del domicilio familiar por motivos de estudios no es per se un motivo para extinguir ni suspender la pensión de alimentos. Sin embargo, debe aplicarse el principio de proporcionalidad.

En este caso, el padre, además de pagar la pensión de alimentos, estaba manteniendo al hijo en el extranjero. De ahí que mientras el hijo esté fuera de casa y sea el padre quien le mantenga no tendrá que pagar, además, la pensión de alimentos.

Sin embargo, ¿qué ocurría si los progenitores decidiesen abonar por mitad los gastos que tienen los hijos fuera de la vivienda familiar? A mi entender, debería ajustarse la pensión de alimentos a la nueva situación.

Es decir, de la cuantía que corresponde respeto de los gastos en el extranjero, debería descontarse el importe de la pensión de alimentos el importe de ésta.

Como siempre en Derecho de Familia, casa caso es distinto. Pensión de alimentos y estudios en el extranjero. Si sus hijos están estudiando fuera de casa y no tiene claro qué cantidades debe abonar, no dude en contactar conmigo.

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