EXPLORACIÓN JUDICIAL Y COMPARECENCIA

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(parte 2 Medidas Judiciales de Apoyo)

La semana pasada veíamos las “medidas judiciales de apoyo para personas con discapacidad”, y hoy seguimos con la exploración judicial y comparecencia en el Juzgado. Los siguientes pasos en el procedimiento judicial.

Admitida a trámite la demanda será el momento de que el Ministerio Fiscal conteste a la misma. Tras ese paso, se señalará día y hora para la exploración judicial y examen médico forense de la presunta incapaz.

La exploración judicial y el examen forense se realizan en el Juzgado, a puerta cerrada, para preservar la intimidad de la presunta incapaz.

En esta exploración lo que pretenden Juez y Médico Forense es corroborar lo que los informes aportados dicen. Harán una serie de preguntas a la presunta incapaz con tal de valorar su estado de salud.

Redactarán un informe, del que se dará traslado a las partes para su constancia y conocimiento.

Posteriormente, las partes serán citadas a una comparecencia donde serán oídas todas las personas interesadas en la adopción de las medidas solicitadas.

Es decir, se volverá a oír a la presunta incapaz y se oirá a la persona que solicitó las medidas y que solicita ser asistente de la primera.

También se escuchará a todos los familiares directos a fin de que se manifiesten al respecto de las limitaciones de la presunta incapaz y de la idoneidad o no del asistente.

Lo que se pretende con la declaración de quien solicitó las medidas y de la familia es la exposición de los problemas diarios que comportan las limitaciones de la presunta incapaz. Más allá de los tecnicismos de los informes médicos.

Tras la exploración judicial y comparecencia se dictará un Auto que determinará si la presunta incapaz precisa de un asistente que complemente su capacidad y su alcance.

Si necesitas más información, no dudes en contactar conmigo.

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